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El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en Trasteros

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El Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal que grava la titularidad de los bienes inmuebles, tanto urbanos como rústicos. Este impuesto afecta a viviendas, plazas de garaje, almacenes, tiendas, oficinas y trasteros, entre otros.

¿Se paga IBI por tener un trastero?

En el caso de los trasteros, la respuesta a la pregunta de si se paga IBI por tenerlos depende de varios factores. En primer lugar, hay que tener en cuenta la calificación catastral del trastero.

Si el trastero está calificado como anexo de la vivienda, es decir, como un espacio destinado a un uso accesorio al de la casa, entonces el trastero estará sujeto al IBI. Pero, en este caso, el IBI del trastero se incluirá en el recibo del IBI de la vivienda.

Por el contrario, si el trastero está calificado como independiente, es decir, como un espacio destinado a un uso independiente del de una vivienda, entonces el trastero estará sujeto a un IBI independiente1. Es decir, en ambos casos, el IBI grava el trastero, pero de una forma distinta.

¿Cuánto IBI se paga por un trastero?

El importe de IBI que se paga por un trastero depende de varios factores:

El valor catastral del trastero: El valor catastral es el valor que se le atribuye al trastero en el Catastro Inmobiliario.


La ordenanza fiscal del ayuntamiento correspondiente: Cada ayuntamiento tiene potestad para establecer los tipos impositivos del IBI.


Generalmente, el IBI se calcula multiplicando el valor catastral del trastero por el tipo impositivo del ayuntamiento correspondiente. Por ejemplo, si el valor catastral de un trastero es de 10.000 euros y el tipo impositivo del ayuntamiento es del 0,40%, el IBI que se pagará por el trastero será de 40 euros.

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¿Quién paga el IBI en caso de alquiler?

De forma habitual, el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) suele pagarlo el propietario del inmueble1. Sin embargo, se puede pactar en el contrato de alquiler que sea el inquilino o cualquier otra cosa.

En resumen, el IBI es un impuesto que grava la titularidad de los bienes inmuebles, incluyendo los trasteros. La cantidad a pagar y quién debe pagarla puede variar dependiendo de varios factores, incluyendo la calificación catastral del trastero y las ordenanzas fiscales del ayuntamiento correspondiente.

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